NACIONALPOLÍTICA

Senado sanciona ley que traslada al gobierno el pago de prediarios y bonos de vacunación y libera a gobernaciones

SANTA CRRUZ 23 DE SEPTIEMBRE 2026

El gobernador de Santa Cruz, Juan Pablo Velasco, informó que la Cámara de Senadores sancionó el proyecto de ley que establece que el Gobierno nacional asumirá el pago de los prediarios y bonos de vacunación, obligaciones que actualmente están a cargo de las gobernaciones.

Velasco calificó la aprobación como un avance para las entidades territoriales y sostuvo que las competencias asignadas a los gobiernos departamentales deben contar también con los recursos económicos necesarios para su cumplimiento.

“Este 23 de septiembre tenemos la grata noticia de que la ley que obligaba a las gobernaciones a pagar el prediario y los bonos de vacunación ya no va más”, manifestó el gobernador, quien afirmó que la falta de recursos limita la capacidad de las administraciones departamentales para atender otras necesidades de la población.

La autoridad recordó que a principios de agosto sostuvo una reunión con el presidente de la Cámara de Senadores, quien, según señaló, comprometió su apoyo para impulsar la aprobación de la norma. Velasco destacó que ese compromiso se concretó con la sanción del proyecto.

El gobernador también pidió a los legisladores nacionales acompañar el tratamiento del Presupuesto General del Estado (PGE) 2027 e incorporar el modelo de distribución 50/50 planteado por las gobernaciones.

“Se viene el Presupuesto General del Estado del 2027 y hemos firmado un compromiso el 5 de agosto con el presidente de los bolivianos, todos los gobernadores. Necesitamos que el 50/50 se empiece a reflejar en este presupuesto”, señaló.

Finalmente, Velasco llamó a dejar de lado las diferencias políticas e ideológicas para priorizar acuerdos que permitan atender las necesidades de Santa Cruz y del país.

Una vez sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional, la norma será remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación y posterior reglamentación, en un plazo no mayor a 30 días.

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