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Que implica el estado de excepción en Bolivia ?

20 de Juio 2026

No hay restricciones de circulación, de reunión o de atención en bancos o comercios, excepto en regiones donde se registran conflictos. El presidente Paz declaró la medida en la madrugada de este sábado.

En base a la normativa vigente y la declaratoria presidencial, el estado de excepción implica los siguientes puntos:

  • No se suspenden todos los derechos: continúan vigentes el debido proceso y las garantías constitucionales.
  • Los comercios, mercados y puntos de venta pueden seguir funcionando.
  • Los bancos y servicios financieros continúan operando, salvo restricciones en zonas afectadas por violencia.
  • Las Fuerzas Armadas pueden apoyar a la Policía Boliviana para liberar vías y proteger a la población.
  • Pueden establecerse toques de queda localizados, únicamente en áreas específicas definidas por las autoridades.
  • La circulación y las reuniones pueden ser restringidas temporalmente, pero no prohibidas de manera generalizada en todo el país.
  • Las salidas y llegadas de terminales de buses y aeroportuarias se mantienen estables, excepto en regiones que impliquen riesgo para el traslado de pasajeros.
  • No existe una ley seca nacional; la venta y consumo de alcohol solo pueden limitarse en zonas con conflictos o bloqueos.
  • La Policía y las Fuerzas Armadas actúan bajo una presunción de legalidad, aunque siguen sujetas a control judicial y constitucional.
  • La medida debe ser temporal y excepcional y su duración no puede ser indefinida.
  • La Asamblea Legislativa mantiene sus funciones y puede aprobar, modificar o rechazar la declaratoria.
  • La Constitución Política del Estado continúa vigente y no se interrumpe el funcionamiento de los órganos del Estado.
  • El estado de excepción concluye cuando desaparecen las causas que lo motivaron y se restablece la normalidad.

Según la información  difundida  por la Presidencia del Estado, la declaración de un estado de excepción en Bolivia no implica la paralización total de las actividades ni la suspensión de las garantías constitucionales.

Los comercios, mercados, bancos y servicios esenciales continúan operando con normalidad, salvo restricciones específicas en zonas afectadas por hechos de violencia o bloqueos.

Las Fuerzas Armadas pueden brindar apoyo a la Policía para liberar vías y proteger a la población, y pueden establecerse toques de queda localizados únicamente en áreas determinadas. Se mantiene vigente el debido proceso y las garantías constitucionales.

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